Descripción
Descripción
Con la entrada en vigor del Real Decreto 108/95 de 27 de Enero, sobre medidas para instrumentar la subvención estatal a la asistencia jurídica gratuita, se creó el Servicio de Orientación Jurídica (S.O.J.), que con leves modificaciones, tras la entrada en vigor de la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, continúa funcionando en todo el ámbito territorial del Colegio.
Así, existe S.O.J. en Malaga capital, Torremolinos, Coín, Fuengirola, Estepona, Marbella, Ronda, Vélez Málaga y Torrox.
La función del S.O.J. consiste, conforme dispone la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en orientar y encauzar las pretensiones de los peticionarios de asistencia jurídica gratuita, facilitarles la información necesaria en relación al cumplimiento de los requisitos para su concesión, así como, el auxilio en la redacción de las solicitudes.
Destacan dos competencias principales:
- Interviene en el procedimiento de designación del abogado de turno de oficio, entregando las solicitudes de asistencia jurídica gratuita, colaborando a su cumplimentación, exigiendo documentos acreditativos de las circunstancias personales y económicas de los solicitantes y, finalmente, la Comisión de Turno de Oficio propone a la Junta de Gobiemo la designación o, en caso de entender que ésta no procede, emite un dictamen motivado. De todo ello se da traslado a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, dependiente de la Consejería de Gobemación y Justicia de la Junta de Andalucía.
- Y el asesoramiento previo a los solicitantes; su contenido no es determinable con exactitud, pero debe dirigirse a informar al interesado si su asunto exige que se designe letrado del turno de oficio para, en el supuesto de no ser preciso orientarlo hacia la institución u organismo que sea competente para resolver el problema, y de ser necesaria la intervención de Letrado, deberá determinarse previamente a que orden jurisdiccional (civil, social, penal...) pertenece el problema, y por último, cuál es la competencia territorial.