Desde la implantación del nuevo programa informático a través de la oficina virtual se pueden justificar las actuaciones del turno oficio en todo momento. En breve, se va a proceder a realizar la factura del Turno de Oficio del cuarto trimestre por lo que animamos a todos los letrados a justificar las actuaciones a medida que las vayan realizando. La fecha límite para justificar las actuaciones del cuarto trimestre es 16 DE ENERO DE 2012.En cuanto al servicio de Guardias, se informa a los letrados adscritos que aún no hayan grabado las guardias realizadas en el cuarto trimestre de 2011 que finalizado ya el plazo para ello, se va a proceder a su facturación y abono en el porcentaje correspondiente, por lo que se ruega que procedan a la justificación lo antes posible. Se recuerda que en los asuntos de la jurisdicción penal solo cabe declarar el fin de actuaciones si se obtiene la sentencia, en cualquier otro caso (pase a faltas, sobreseimiento provisional, suspensión de actuaciones, …) procede dar de baja el turno.
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