CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DE GOBIERNO

La Junta electoral procedió a dar publicidad el pasado miércoles, al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno por el que se convocan elecciones para el próximo 26 de octubre. Como se avanzó en el comunicado la convocatoria de conformidad con el Capitulo IV de los Estatutos Colegiales...,

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La Junta electoral procede a dar publicidad, al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno por el que se convocan elecciones:

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Málaga, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2012 ha acordó, de conformidad con lo previsto en el Capítulo IV de los Estatutos colegiales, convocar elecciones para la provisión de la totalidad de los cargos de la Junta de Gobierno, esto es, DECANO/A, VICEDECANO/A, SECRETARIO/A, DIPUTADO/A 1º, DIPUTADO/A 2º, DIPUTADO/A 3º, DIPUTADO/A 4º, DIPUTADO/A 5º, DIPUTADO/A 6º, DIPUTADO/A 7º, DIPUTADO/A 8º, DIPUTADO/A 9º, DIPUTADO/A 10º, DIPUTADO/A 11º, DIPUTADO/A 12º de la Junta de Gobierno, que se celebrarán en la sede de este Ilustre Colegio (Paseo de la Farola 13) el viernes 26 de octubre de 2012, a partir de las 10 horas y hasta las 20 horas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de los Estatutos del Colegio, el acuerdo de convocatoria se pondrá de inmediato en conocimiento de la Junta Electoral, que se hará cargo de todo el proceso hasta su finalización y procederá a darle publicidad, mediante su inserción en el tablón de anuncios del Colegio y de sus delegaciones, en la página web y la remitirá a los colegiados por medios telemáticos.

La elección tendrá lugar con arreglo a las siguientes normas:

REQUISITOS GENERALES PARA SER ELECTOR Y ELEGIBLE

En las elecciones podrán participar como electores los colegiados con una antigüedad de más de tres meses de incorporación a la fecha de la convocatoria y como elegibles, para el cargo de Decano, los colegiados ejercientes, y para los demás cargos, los electores residentes en el ámbito del Colegio.

Los cargos de la Junta que se convocan serán elegidos en votación directa y secreta entre los colegiados que se presenten y no estén incursos en ninguna de las siguientes situaciones:

a) Estar condenado por sentencia firme que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para cargos públicos, en tanto estas subsistan.

b) Haber sido disciplinariamente sancionado en cualquier Colegio de Abogados, mientras no haya sido rehabilitado.

c) Ser miembro de órganos rectores de otro Colegio profesional.

Las listas de electores se expondrán, dentro del plazo de cinco días desde la convocatoria en el tablón de anuncios del Colegio y en el de las Delegaciones. La exposición se verificará durante cinco días.

Podrán formularse reclamaciones dentro del plazo de cinco días desde la expiración del término anterior ante la Junta Electoral que resolverá por escrito y motivadamente lo que proceda, en el plazo de dos días desde que se formulase la reclamación, debiendo comunicar la resolución al interesado y a la Junta de Gobierno.

CANDIDATURAS

Las candidaturas deberán ser presentadas en la Secretaría del Colegio (Paseo de la Farola 13. Málaga), entre las 9 y las 18 horas, al menos con 15 días de antelación a la fecha en la que se celebren las elecciones, esto es podrán presentarse hasta las 18 horas del día 4 de octubre, y podrán ser conjuntas para todos los cargos. Deberán ser suscritas exclusivamente por los candidatos.

Ningún colegiado podrá presentarse como candidato a más de un cargo de los que hayan de ser elegidos.

En el término de dos días desde la finalización del plazo de presentación de candidatos, la Junta Electoral proclamará a quienes reúnan los requisitos. En el supuesto de que haya un solo candidato para alguno de los cargos convocados, será proclamado electo.

La relación de los proclamados será expuesta en los tablones de anuncios de la Corporación y en la página web y se notificará a los candidatos.

PAPELETAS

Las papeletas de voto las editará el Colegio, serán blancas y llevarán impresos en su anverso los cargos que se eligen.

Los candidatos podrán editar sus propias papeletas, que deberán ser iguales en tamaño, formato y características a las editadas por el Colegio.

VOTACIÓN ANTICIPADA (Art 36 de los Estatutos)

Los colegiados podrán ejercer su derecho al voto de manera anticipada dentro de los cuatro días hábiles anteriores al señalado para las elecciones, es decir del 22 al 25 de octubre ambos inclusive, en la sede del Colegio, tanto en el Paseo de la Farola como en la Ciudad de la Justicia y en las Delegaciones, ante el Secretario de la Junta Electoral, otro de sus miembros habilitado para ello o ante los colegiados que la Junta Electoral designe, en horario de 9 a 14 horas.

En tales casos, la papeleta de voto dentro de su correspondiente sobre deberá ser introducida en una plica, firmada por el votante y adverada por el Secretario o delegado de la Junta electoral habilitado al efecto, que a su vez hará constar en el sistema informático que gestiona las elecciones que el voto ha sido emitido. No obstante, para su validez, estos votos deberán obrar en poder de la mesa electoral en el momento de iniciarse la votación.

VOTO POR CORREO, INCLUIDO EL REMITIDO CON INTERVENCIÓN NOTARIAL (Art. 37 de los Estatutos)

El elector que desee emitir su voto por correo
, incluido el remitido con intervención notarial, deberá comunicarlo por escrito a la Junta Electoral  acompañando copia del DNI, o personalmente en las dependencias del Colegio, con una anticipación mínima de quince días a la fecha señalada para la votación, esto es, antes de las 18 horas del día 4 de octubre. La Junta Electoral comprobará la inscripción en el censo y hará la anotación pertinente, para que no sea posible que también se ejerza el derecho al voto en cualquiera de las otras formas posibles, esto es, por medios telemáticos, de manera anticipada o personalmente, y expedirá una acreditación personal en la que conste dicha petición, que le será facilitada por correo dirigido a su domicilio censal, junto a la papeleta de voto y el correspondiente sobre.

El votante deberá introducir la papeleta en su sobre y éste junto con la acreditación y una fotocopia de su carnet de identidad o profesional en una plica que deberá remitir por correo al Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, indicando junto a la dirección de la Corporación, la mención "a la atención de la Junta Electoral". La plica deberá obrar en poder de la mesa electoral antes de que comiencen las votaciones, para que el voto pueda considerarse válidamente emitido.
 
La remisión, con los mismos requisitos, podrá realizarse también a través de intervención Notarial, pero en este caso no será necesaria incluir la acreditación en la plica.

No serán válidos los votos emitidos por este procedimiento si no ha existido la comunicación previa.

VOTO POR MEDIOS TELEMÁTICOS

El derecho al voto puede ejercitarse con firma electrónica que garantiza la identidad del votante, a través del programa de voto telemático al que se accede desde la página web colegial.

El voto por medio telemático puede emitirse ininterrumpidamente desde las 9 de la mañana del día 22 de octubre, hasta el comienzo de las votaciones a las 10 de la mañana del día 26 de octubre.

El programa garantiza el secreto del voto.

COMPOSICIÓN DE LA MESA ELECTORAL Y DESARROLLO DE LA VOTACIÓN

La Junta Electoral designará de entre sus componentes un Presidente y un Secretario y se constituirá en mesa electoral para el acto de la votación.

Constituida la mesa electoral, los candidatos podrán nombrar un interventor que les represente durante el desarrollo de las votaciones.

Las votaciones comenzarán a las diez de la mañana del día de las elecciones y continuarán ininterrumpidamente hasta las ocho de la tarde en que se cerraran las urnas para proceder al correspondiente escrutinio.

Los votos de los colegiados ejercientes y de los inscritos tendrá el doble valor que el de los no ejercientes.

Se habilitarán dos urnas, una para los colegiados ejercientes e inscritos y otra para los colegiados no ejercientes.

Los votantes deberán acreditarse ante la mesa electoral.

Una vez abierto el acto de la votación, la mesa procederá a introducir en las urnas los votos anticipados y los emitidos por correo y una vez terminadas estas operaciones podrán ejercitar su derecho al voto los restantes colegiados.

La mesa votará en último lugar, dando por concluida la votación.

Seguidamente comenzará el escrutinio y, una vez finalizado, la mesa, a través de su Presidente, proclamará electos para cada cargo a los candidatos que obtengan la mayoría. En caso de empate se entenderá elegido el que más votos hubiere obtenido entre los ejercientes; de persistir este, el de mayor tiempo de ejercicio en el Colegio; y si aún se mantuviere el empate, el de mayor edad.

PLAZOS

Los plazos señalados en días excluirán los sábados y días inhábiles.

TOMA DE POSESIÓN

Los candidatos electos tomarán posesión en acto solemne el día 9 de noviembre de 2012 a las 13 horas.


Málaga, 19 de septiembre de 2012
LA JUNTA DE GOBIERNO







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