El artículo 48 del capítulo VII de los estatutos Colegiales recoge que la Junta de Gobierno, para una mayor eficacia en el desarrollo de sus funciones, estará asistida de las Comisiones que se establecen en las normas y por aquellas otras que se creen mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de forma permanente o temporal cuando se considere necesario u oportuno. Esta comisión de las llamadas estatutarias mantiene reuniones quincenales, si bien su presidente despacha semanalmente aquellos temas especialmente sensibles y que con posterioridad son trasladados a la Junta de Gobierno.
Desde 1994 y como continuanión al grupo de trabajo denominado en su día Comisión de Intrusismo, nació la actual Comisión de Deontología e Intrusismo.
Esta comisión cuenta en la actualidad con 13 miembros, el presidente la secretaria y once vocales, abogados y abogadas que de manera absolutamente altruista colaboran con el Colegio en cometidos como la instrucción y tramitación de los expedientes en materia disciplinaria, el estudio y averiguación del contenido de cuantas denuncias se interponen ante el Colegio en materia de intrusismo, entre otras tareas; proponiendo con posterioridad a la Junta de Gobierno cuantas iniciativas y medidas deban adoptarse.
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| Febrero 2010