El 5 de junio de 2018 se publicó en el diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2018/822 -conocida como DAC6- por la que se modifica a su vez la Directiva 2011/16/UE en lo referente a la obligación para determinados profesionales de suministrar información sobre operaciones en el ámbito de la fiscalidad, en las que asesoren, participen, promuevan o comercialicen, en relación con los mecanismos transfronterizos.
Esta Directiva establece una nueva obligación de información con dos finalidades fundamentales. De un lado pretende obtener información para poner frente a la elusión y evasión fiscal; y, por otro, pretende igualmente un efecto disuasorio respecto a la realización de mecanismos de planificación fiscal que pueden conseguir dichos fines.
Con el fin de divulgar las obligaciones establecidas por la normativa, la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales de la Abogacía Española ha emitido dos notas informativas en la que se explican las nuevas obligaciones establecidas:
La Junta de Gobierno
Abril, 2021
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