El Colegio ha organizado, a través de la Delegación de Fuengirola, una actividad formativa para abordar las novedades que introduce el Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE), que fue aprobado el pasado 2 de marzo y que entró en vigor el 1 de julio.
El encargado de ofrecer la ponencia ha sido Nielson Sánchez-Stewart, doctor en Derecho y decano emérito de la corporación colegial, quien ha estado acompañado por el decano, Salvador González; el delegado presidente de Fuengirola, Javier Rodríguez, y Arturo García-Verdugo, miembro de la comisión de Formación de esta Delegación.
En el texto se endurecen notablemente las sanciones y se recoge la intención de utilizar el lenguaje inclusivo. El nuevo estatuto es, además, más largo que el anterior, con 141 artículos frente a los 99 incluidos en el de 2001.
El EGAE regula por primera vez aspectos tan importantes para el ejercicio de la profesión como la prestación libre de servicios en todo el territorio nacional y europeo, desarrolla de forma exhaustiva el derecho al secreto profesional, que protege y refuerza; y establece el reconocimiento expreso a los colegios de la Abogacía a presentar denuncias ante el Consejo General del Poder Judicial cuando se producen reiterados retrasos injustificados en los juzgados y tribunales y cuando se produzcan conductas que afecten a la libertad o independencia de un letrado y ésta se haya visto amparada por la institución colegial.
Este Estatuto fue aprobado por el Consejo General de la Abogacía en el año 2013 y regula de forma muy específica aspectos como la transparencia en la gestión y el funcionamiento de los Consejos y Colegios de la Abogacía, así como la obligación de adaptar el acceso a la información de los profesionales y de la ciudadanía a través de los medios tecnológicos oportunos.
El texto también dedica especial atención a la publicidad de los servicios profesionales, reconociendo un principio de libertad pero estableciendo ciertos límites deontológicos claros, como la obligación de abstenerse de garantizar resultados o de incitar al conflicto. En él se recoge también el procedimiento de reclamación y todo el sistema deontológico de la profesión, al que se exige el principio de transparencia a través de los consejos y colegios de la abogacía.
En lo relacionado con la formación, además de reconocer y refrendar el trabajo de las escuelas de práctica jurídica, el nuevo estatuto afirma el derecho y deber de los abogados de seguir una formación continuada que les capacite permanentemente para el correcto ejercicio de su actividad profesional. Asimismo, reconoce el derecho de los letrados a acceder a una especialización.
El nuevo estatuto también es muy exhaustivo en el reconocimiento de los derechos de los consumidores. Establece la obligación de que los profesionales se identifiquen con claridad mediante su nombre y número de colegiación, así como exponiendo en sus comunicaciones el colegio al que pertenecen. Asimismo, reitera la obligación de anticipar el cálculo aproximado de cuáles serán los honorarios, a través de hojas de encargo o medio similar, y establece un sistema de reclamaciones a través de los consejos y colegios de la abogacía.
2021-07-02 | 2021