Circular informativa sobre la reclamación patrimonial colectiva a la Junta de Andalucía

Para general conocimiento de los letrados que firmaron su adhesión a la reclamación de responsabilidad patrimonial que de forma conjunta presentaba el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, en ...

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Para general conocimiento de los letrados que firmaron su adhesión a la reclamación de responsabilidad patrimonial que de forma conjunta presentaba el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, en nombre de la propia Corporación y en nombre de todos los colegiados adscritos a los Servicios del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita, que así lo consideraron conveniente, por medio de la presente circular se informa de la tramitación del procedimiento administrativo iniciado, así como del trámite siguiente a realizar.

En fecha dos de mayo de dos mil diecinueve, se publica un comunicado a todos los compañeros adscritos a los Servicios del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita, informando de la posibilidad de unirse a una reclamación patrimonial conjunta que iba a presentar el Colegio de Abogados de Málaga, tras la Sentencia del TSJA que declaró nula la orden de 17 de septiembre de 2012 por la que la Junta de Andalucía aplicó una reducción del 10% lineal en todos los módulos y bases de compensación económica.

En fecha siete de mayo de dos mil diecinueve, una vez agotado el plazo concedido a los compañeros para poder adherirse a dicha reclamación, y poder interponer ésta en plazo, se presenta la reclamación conjunta de responsabilidad patrimonial, en nombre de todos los compañeros interesados, que fueron 1.148, e igualmente, en nombre del propio Colegio de Abogados, por importe total de 2.020.927 euros.

A los compañeros que se les pasó el plazo, se les dio la posibilidad de que presentasen directamente su reclamación para luego pedir acumulación a la realizada por el Decano. Posteriormente se adhirieron 30 compañeros más.

En fecha doce de marzo de dos mil veinte, se convocó una asamblea informativa para informar del estado de la tramitación del expediente y adoptar la decisión que procediera, para el caso de que la resolución administrativa expresa que se dictase fuera desestimatoria de la pretensión ejercitada. Dicha asamblea tuvo que suspenderse como consecuencia de la pandemia por la que se declaró el estado de alarma 2 días después.

En fecha nueve de marzo de dos mil veinte, la administración autonómica dicta resolución concediendo trámite de audiencia por plazo de diez días al Colegio de Abogados de Málaga; dicha resolución es notificada el día veintiséis de marzo de dos mil veinte, y en la que se acompaña copia de la Resolución de 14 de enero de 2020 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local  en la que se acuerda la acumulación de las reclamaciones patrimoniales presentadas por los Letrados del turno de oficio y de guardia presentadas desde el mes de mayo de 2019 hasta el día 10 de enero de 2020.

En fecha uno de junio de dos mil veinte, el Colegio de Abogados presenta alegaciones dentro del plazo concedido para el trámite de audiencia.

Actualmente, y de conformidad a los artículos 81 y 82 de la Ley 39/2015 (y demás normas concordantes), en relación con el artículo 17.10.a) de la Ley 4/2005, del Consejo Consultivo Andaluz, es preceptiva la emisión de dictamen por parte de este órgano consultivo, al ser la cuantía reclamada superior a 60.000 €, por lo que la administración autonómica debe proceder a la remisión del expediente completo, para la evacuación de dicho trámite.

Cualquier avance o novedad sobre esta cuestión se pondrá en conocimiento de los colegiados.

 

La Junta de Gobierno

Octubre, 2020







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