NOTA INFORMATIVA:
Tras la entrada en vigor del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española Real Decreto 135/2021 de 2 de marzo, ya no se regula la figura de la habilitación para asuntos propios que se contemplaban y regulaban en el artículo 17.5 de estatutos previos. En consecuencia, la habilitación no podrá ser solicitada ni concedida por ningún Colegio desde el 1 de julio de 2021.
| Comunicación y Habilitación